Precio justo

Información general, no constituye asesoría fiscal, contable ni legal; consulta a un contador/profesional local.

Contenido generado con IA y contrastado con las fuentes citadas.

Reglas verificadas el 2026-10-06

IVA de 0 % en exportación de servicios: cuándo aplica a un freelance

Que tu cliente esté en otro país no basta para facturar sin IVA. La Ley del IVA da la tasa de 0 % solo a los servicios de una lista cerrada y con condiciones. Esta página explica la regla, las condiciones y lo que las fuentes no dejan claro.

La regla general: 16 % (Ley del IVA, artículo 1o.)

Prestar servicios independientes en territorio nacional causa IVA a la tasa de 16 %. El impuesto no forma parte del precio: se traslada al cliente en forma expresa y por separado.

La excepción: 0 % por exportación (artículo 29)

El artículo 29 aplica la tasa de 0 % a la prestación de servicios que se exporten. Su fracción IV considera exportación el aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país, pero solo por los conceptos que la propia fracción enumera. Dos incisos se copiaron palabra por palabra de la fuente:

Los demás incisos se leyeron solo en resumen: maquila para exportación, publicidad, comisiones y mediaciones, seguros y reaseguros, financiamiento, filmación o grabación y centros de atención telefónica.

Las cuatro condiciones para servicios de tecnologías de la información

  1. Usar en su totalidad infraestructura tecnológica, recursos humanos y materiales ubicados en territorio nacional.
  2. Que tu dirección IP y la de tu proveedor de internet estén en México, y las del cliente y su proveedor en el extranjero.
  3. Anotar en el comprobante fiscal el registro o número fiscal del residente en el extranjero que contrató y pagó el servicio.
  4. Que el pago sea por medios electrónicos, provenga de cuentas de instituciones financieras del extranjero y llegue a una cuenta tuya en instituciones de crédito en México.

Estos servicios no se consideran exportados si para prestarlos se usan redes privadas virtuales (VPN), ni cuando se proporcionan, recaen o se aplican en bienes ubicados en territorio nacional. Si cobras por una plataforma o un monedero, pregunta a tu contador si tu flujo de cobro cumple la cuarta condición.

Ejemplo: el mismo proyecto con cada tasa

Proyecto inventado de 50,000.00 pesos antes de IVA.

ConceptoCon 16 %Con 0 %
Precio del servicio50,000.0050,000.00
IVA trasladado8,000.000.00
Total que paga el cliente58,000.0050,000.00

La diferencia la paga el cliente, no tú, pero cambia cuánto le cuesta contratarte. Por eso conviene aclarar la tasa en la cotización.

Lo que esta página no determina

Tus obligaciones de IVA

El IVA se calcula por cada mes de calendario y se paga mediante declaración a más tardar el día 17 del mes siguiente; el pago es el IVA de tus actividades menos el acreditable (artículo 5o.-D). Quienes facturan a 0 % también deben llevar contabilidad, expedir comprobantes y presentar declaraciones (artículo 32): facturar a 0 % no te libera de declarar. En RESICO puedes usar la declaración «IVA simplificado de confianza» (regla 3.13.18 de la Resolución Miscelánea Fiscal).

Fuentes